Desahuciada una pareja que no pagaba el alquiler de una finca rústica desde 1949
El matrimonio ocupaba la finca rústica desde 1960 con un contrato firmado 12 años antes
La sentencia, difundida este viernes, da por probado que el abuelo de la dueña de la casa y el padre del desahuciado, Juan Ll., firmaron un contrato de arrendamiento sobre esta finca rústica, situada en la Partida de la Almajá en algún momento anterior al año 1948.
Sin embargo, los últimos recibos conocidos de pago del alquiler son de 1949, mientras que los actuales ocupantes de la finca, que ocupan y en la que ingresaron en 1960, ni se subrogaron a aquel contrato ni pueden demostrar haber pagado nunca la renta, continúa la sentencia.
La dueña de la finca instó al desahucio por el procedimiento de “precario” (uso gratuito de un bien ajeno cuya posesión no nos corresponde aunque nos hallemos en la tenencia del mismo), pero un juzgado de Alicante desestimó su demanda.
Sin embargo, el desahucio fue luego aceptado por la Audiencia Provincial. Los dos ancianos ocupantes de la vivienda acudieron entonces en casación al Supremo, que ahora ordena el desalojo.
“Los demandantes van contra sus propios actos”, dice la sentencia, “pues no habiendo intentado la subrogación ni el pago, pretenden la existencia” de un contrato de alquiler “que nunca existió entre las partes, pues no hubo intento de cobro ni intención de pago”.
Así, la sentencia del Supremo tiene en cuenta que han transcurrido más de sesenta años sin pagar rentas y más de cincuenta sin acto expreso de subrogación.
Sin embargo, los últimos recibos conocidos de pago del alquiler son de 1949, mientras que los actuales ocupantes de la finca, que ocupan y en la que ingresaron en 1960, ni se subrogaron a aquel contrato ni pueden demostrar haber pagado nunca la renta, continúa la sentencia.
La dueña de la finca instó al desahucio por el procedimiento de “precario” (uso gratuito de un bien ajeno cuya posesión no nos corresponde aunque nos hallemos en la tenencia del mismo), pero un juzgado de Alicante desestimó su demanda.
Sin embargo, el desahucio fue luego aceptado por la Audiencia Provincial. Los dos ancianos ocupantes de la vivienda acudieron entonces en casación al Supremo, que ahora ordena el desalojo.
“Los demandantes van contra sus propios actos”, dice la sentencia, “pues no habiendo intentado la subrogación ni el pago, pretenden la existencia” de un contrato de alquiler “que nunca existió entre las partes, pues no hubo intento de cobro ni intención de pago”.
Así, la sentencia del Supremo tiene en cuenta que han transcurrido más de sesenta años sin pagar rentas y más de cincuenta sin acto expreso de subrogación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario